Gestoría Online: las modificaciones en el Reglamento del IVA

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En el mundo empresarial, es esencial mantenerte informado de las novedades frente a cualquier cambio o bien novedad que Hacienda pueda establecer. Por esta razón, en una Gestoria Online, nos han preparado este artículo con el que te vamos a facilitar cuáles fueron las modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido que se establecieron.


Modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido

Gestoria Online y el IVA


La primera a tener en consideración, tenía que ver con el procedimiento de devolución a viajantes, que cambió de tramitación opcional a obligatoria por medio de un sistema electrónico de reembolso. No obstante, esta novedad no se pondría en la práctica hasta el 1 de enero de dos mil diecinueve, pero se introduciría una predisposición para permitir la convivencia entre el procedimiento tradicional con el electrónico durante dos mil dieciocho.


Otra de las modificaciones establecidas, fueron para los trámites de control para aquellos sujetos pasivos que estaban acogidos al Régimen especial del conjunto de entidades, los cuáles deben amoldarse a la nueva regulación de la Ley General Tributaria en materia de interrupción justificada y de dilaciones, cuya causa no sea imputable a la Administración.

Gestoria Online para saber diferentes tipos de IVA


Por otro lado, se incluyó una modificación por lo que respecta a los procedimientos de control de los sujetos pasivos acogidos al Régimen especial del conjunto de entidades, para amoldarlo a la nueva regulación de la Ley General Tributaria en materia de interrupción justificada y de dilaciones por causa no imputable a la Administración en actuaciones de comprobación tributaria, en el campo de las entidades que forman el conjunto. y con relación a el desglose de la documentación del procedimiento.

Y no sólo eso, puesto que otra de las modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido fue que, como consecuencia de la entrada en vigor del nuevo sistema de libros de registro del Impuesto sobre el Valor Añadido por medio de la Sede Electrónica, más conocido como Suministro Inmediato de la Información (SII), se harán precisas otras modificaciones.

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Referente a lo escrito


– En lo que se refiere a la información, que debe incluirse tanto en el libro registro de facturas expedidas como recibidas, se deberá efectuar un cálculo del importe total de la operación en el caso de operaciones que se hallen acogidas en las categorías de régimen especial de los recursos utilizados, objetos de arte, colecciones y antigüedades, como al régimen especial de las agencias de viaje.


– Otra de las modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, tenían que ver con el procedimiento general para la realización de asientos resúmenes, en concreto con las facturas, que deben expedirse en la misma fecha, con independencia de que el devengo de esas operaciones se haya producido o bien no en el mismo mes.


– Además de esto, la AEAT facilitará la adopción del SII a ciertos colectivos o bien campos de actividad, anterior petición por la parte del interesado y toda vez que considere que las prácticas propias de la actividad de esta forma lo justifican.


– Así mismo, se efectuaron ajustes técnicos en los plazos para la remisión electrónica de los registros de facturación, para aquellas operaciones en las que se aplique el régimen especial de criterio de caja, de esta manera para comunicar la rectificación de las anotaciones registrales, que quedarán referidas cuando el obligado tributario se de cuenta del fallo.


– Así mismo, cambian el Reglamento con el propósito de mantener el periodo de liquidación trimestral, para aquellos sujetos pasivos que, de forma voluntaria, se decidan por la aplicación del SII.

Conocer los cambios de IVA existentes


Todas y cada una estas modificaciones, implantadas por la Administración, tenían la meta de favorecer la implantación del SII para aquellos sujetos que, si bien no tengan la obligación de aplicarlo, se resuelvan a hacerlo de manera voluntaria.


Vas a poder saber más sobre el nuevo sistema a través del Asistente Virtual del SII. Además de esto, no olvides que frente a cualquier duda que te haya quedado sobre las modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (o bien cualquier otro tema relacionado con el emprendimiento), en APF Gestoria van a estar encantados de solucionarte cualquier duda.

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